domingo, 28 de octubre de 2012

Moralidad y desahucios




Laurence Kohlberg propuso hace medio siglo un modelo que trataba de describir el desarrollo del razonamiento moral desde la infancia hasta la edad adulta. Su modelo se basó en un estudio sobre  una muestra de sujetos a los que planteaba una serie de dilemas morales , por ejemplo, si está o no justificado que una persona robe una medicina que no puede pagar pero que salvaría la vida de su mujer enferma. Su modelo describía la evolución de la moralidad a partir de tres niveles o fases sucesivas: preconvencional, convencional y postconvencional. El avance a través de estos niveles estaría propiciado por el desarrollo cognitivo y por las experiencias personales en un mundo social. Según el psicólogo norteamericano, el nivel convencional, propio de la mayoría de los sujetos adultos, se caracteriza por un apego estrecho a las normas y reglas establecidas democráticamente y que regulan el funcionamiento de la sociedad. El seguimiento estricto de estas normas por parte de los ciudadanos sería lo que caracterizaría el funcionamiento ordenado de la sociedad, y que evitaría el caos social. En esta etapa del desarrollo moral, la sociedad se sitúa por encima del individuo.  Se trata de una ética convencional y racional que carece de la flexibilidad necesaria para tener en consideración las sutilezas de algunas situaciones de personas o grupos, ya que los procedimientos democráticos no garantizan el respeto de los derechos de las minorías.

Pues bien, escuchando las opiniones de bastantes políticos y tertulianos a la hora de justificar que muchos ciudadanos se vean desprovistos de sus viviendas por la imposibilidad de hacer frente al pago de sus hipotecas, parece muy evidente que sus justificaciones encajan en este nivel de razonamiento moral convencional, que dista mucho de ser el más evolucionado.  Según Kohlberg, el nivel más avanzado o postconvencional se caracteriza por ser  una perspectiva  centrada en los derechos individuales: los derechos humanos básicos (vida, libertad, trabajo, vivienda) deben situarse por encima de la sociedad y sus leyes. Sería una obligación moral de los ciudadanos oponerse mediante procedimientos democráticos a las leyes y contratos sociales injustos que  violasen esos derechos individuales.

Si es cierto, que quienes están siendo desahuciados firmaron un contrato "legal" con su banco, también es cierto que la Constitución Española establece en sus artículos 35 y 40, el derecho de los españoles y españolas al trabajo y a una vivienda digna. Me resulta difícil  entender que un gobierno democrático no sea capaz de garantizar estos derechos mediante medidas económicas que permitan un rescate de los particulares afectados (unas 350.000 familias han perdido su vivienda en los últimos tres años) cuando, en cambio, ha destinado millones de euros a rescatar a la banca. Aún más perplejidad produce comprobar cómo en lugar de implementarse políticas económicas  que permitieran una redistribución de la riqueza para paliar las situaciones más dramáticas, observamos con estupor un aumento de las diferencias entre los sectores sociales más favorecidos y los que menos tienen.

No estamos atravesando solamente una crisis económica, sino también una profunda crisis moral en la que sociedad y sus gestores no son capaces de  garantizar los derechos básicos de la ciudadanía pero sí de permitir que  se enriquezcan algunos sectores sociales caracterizados por una falta de empatía y de solidaridad  que rayan la inmoralidad. Y resulta patético que quienes fueron elegidos por la ciudadanía para hacerse cargo de la gestión de lo público muestren una nivel tan poco evolucionado de desarrollo moral, cuando deberían ser los más postconvencionales.  Así no va.

miércoles, 24 de octubre de 2012

Sobre la legalidad de las relaciones sexuales consentidas a los 13 años





Me llaman de la radio para conocer mi opinión sobre el hecho de que, en nuestro país,  las chicas y chicos puedan tener relaciones sexuales consentidas a partir de los 13 años, sin duda una asunto más que polémico.  Lo que ha despertado el interés social acerca de este asunto relativo a la regulación legal de la adolescencia es el trágico suceso de El Salobral, en el que un adulto de 39 años que mantenía relaciones con una menor de 13 años terminó suicidándose después de haber asesinado  a la chica. Este terrible crimen ha reabierto el debate  sobre la dudosa legalidad de que un adulto pueda tener relaciones sexuales consentidas con una niña de  mucho menor edad. Es probable que sin este fatídico desenlace,  lo que a todas luces reviste todos los  requisitos para ser considerado un caso  abuso sexual y violencia de género hubiese pasado desapercibido para la opinión pública. Pero ello  no habría evitado el más que probable daño psicológico sufrido por la menor, con sus consecuentes secuelas emocionales.

La psicología del desarrollo puede aportar una información relevante a los legisladores  de cara al establecimiento de las edades recomendables para que los adolescentes puedan acceder a determinados derechos. Ya hemos tenido la oportunidad de comentar en entradas anteriores de este blog  cómo la evidencia de que disponemos indica que hasta los 15 años el cerebro adolescente aún no ha alcanzado la madurez suficiente como para permitirle tomar decisiones de forma similar a como lo haría una persona adulta. Sin embargo, también hemos comentado que esta madurez cognitiva, y que permite a chicos y chicas cierta racionalidad en sus decisiones, dista mucho de ser una madurez socioemocional. En otras palabras, el adolescente de 15 ó 16 años tiene un desarrollo intelectual que le permite un pensamiento y una toma de decisiones casi adulta en situaciones neutras o frías y con poca carga emocional, como por ejemplo,  en la escuela. Sin embargo, cuando se trata de situaciones muy emotivas el desempeño de este chico se asemeja más al de un niño que al de un adulto. Y es que habrá que esperar aún algunos años más para que sus decisiones  no estén contaminadas por su inmadurez socioemocional. Por lo tanto, a los trece años la gran mayoría de adolescentes  distarán mucho de haber alcanzado la madurez necesaria para tomar decisiones, más aún cuando se trata de asuntos tan contaminados por los afectos.
Teniendo en cuenta lo anterior, parece claro que 13 años es una edad insuficiente como para que una chica pueda saber qué es lo que está haciendo cuando da su consentimiento para mantener  relaciones afectivo-sexuales con un adulto que le triplica la edad.  En estas situaciones, en las que hay tanta diferencia de poder, la manipulación afectiva por parte del adulto es bastante probable y la responsabilidad del o la menor estará muy disminuida.

España establece un límite de edad para las relaciones sexuales consentidas inferior al regulado en los países de nuestro entorno, que en algunos casos llega hasta los 16 años (países nórdicos). Parece un contrasentido que exijamos a nuestros jóvenes haber cumplido los 18 años para poder votar y, en cambio, con 13 años puedan dar su consentimiento a una relación que puede ser claramente asimétrica. Y es que  la diferencia de edad debería ser un elemento clave para que este tipo de relaciones puedan ser tipificadas legalmente como abusos sexuales, en cuyo caso la Administración debería intervenir para proteger a la menor.  Sin embargo, ello no sería necesario cuando la diferencia de edad no superase los cinco años, por poner un límite. Y es que muchos matrimonios actuales comenzaron sus relaciones cuando ella tenía trece o catorce años, y él unos dos o tres años más: el amor fue madurando con ellos.

sábado, 13 de octubre de 2012

Cómo aceptar una hipótesis nula o llevar el agua a nuestro molino en una investigación.





La ciencia trata de ser objetiva, de modo que sus resultados sean independientes de intereses e ideologías, aunque tendríamos que admitir que no resulta nada fácil. Con frecuencia los investigadores se ven tentados a hacer todo lo posible para que sus resultados apoyen la  tesis que defienden. Uno de los tipos de estudio más frecuentes son los que van encaminados a aceptar la hipótesis nula, es decir, a demostrar que no existen diferencias significativas entre dos grupos en alguna variable determinada. Por ejemplo, imaginemos que el ministro Wert quiere demostrar que  el aumento de la ratio en las aulas no influye sobre el rendimiento del alumnado. Para ello decide encargar un estudio que compare a los alumnos escolarizados en centros similares pero con distinta ratio (alta y baja). Pues bien, aunque Cohen (1988) explicó claramente que nunca se puede aceptar sin ningún riesgo la hipótesis nula, el lenguaje científico suele ser poco cuidadoso al respecto y se utilizan, demasiado a la ligera, los resultados del estudio que confirman la aceptación de la hipótesis nula como una prueba incontestable de la inexistencia de diferencias entre los grupos. Además, y ese es el contenido de este post, algunos trucos podrían servir para inclinar la balanza hacia el lado de la hipótesis nula.

-         Afirma que no hay diferencias incluso si no se ha realizado aún ningún estudio al respecto. Y si los hay ignóralos, no es tu tarea buscar argumentos en contra. O trata de descalificarlos por alguna que otra razón..

-         Oscurece la diferencia entre los dos grupos. Al fin y al cabo ¿qué es una ratio alta o baja? Puedes elegir dos grupos que en realidad no sean tan diferentes en su ratio, con lo que será más difícil que aparezcan diferencias significativas.

-         Compara los dos grupos en alguna variable irrelevante. Por ejemplo, en lugar de evaluar las diferencias en rendimiento académico, compara sus estaturas. O su afición al autoerotismo.

-         No informes del tamaño del efecto cuando no surjan diferencias significativas. Si las muestras son pequeñas es muy probable que dichas diferencias no alcancen el nivel de significatividad, aunque tengan un gran tamaño del efecto. Tampoco informes de las medias y desviaciones típicas, para que nadie calcule dicho tamaño.

-         Usa muestras pequeñas. Así sólo diferencias muy grandes aparecerán como significativas. Si alguien crítica el pequeño tamaño de la muestra usada puedes hacer referencia a la impersonalidad de las muestras enormes y a los beneficios de la investigación cualitativa. Si la muestra es muy grande, tal vez puedas establecer más de dos grupos en función de la ratio (muy alta, alta, media, baja, muy baja,…bajísima) y compararlos. Es probable que las diferencias que resultaban significativas al comparar sólo dos grupos ya no lo sean.

-         Minimiza los resultados incómodos a favor de las diferencias entre los grupos. Se puede argumentar que a pesar de ser significativas estadísticamente, no lo son clínicamente, algo  difícil de refutar.

-         Usa el control estadístico para tratar de que desparezcan las diferencias. Si, a pesar de todo, surgen diferencias en el rendimiento académico del alumnado, siempre será posible encontrar algunas variables que distingan a los dos grupos, además de la ratio, y cuyo control estadístico haga esfumarse las diferencias. Por ejemplo, el nivel de conflicto en el aula. Aunque resulte muy evidente que el aumento de la ratio conlleva una mayor conflictividad, Wert siempre podrá argumentar que no es la ratio lo que disminuye el rendimiento, sino la conflictividad, o el malestar del profesorado, aunque ambos tengan una relación directa con la ratio, y las aulas con ratio elevada y ausencia de conflicto y malestar docente solo existan en un mundo feliz.

Naturalmente, todo lo anterior no es sino una broma surgida del aburrimiento y la lectura de un trabajo de Walter Schumm. Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.